PREGUnTAS FRECUENTES

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Sí, tener en cuenta que una vez emitido el certificado comenzará a correr su vigencia.

Sí, dado que, la Revisión Técnica Vehicular, es obligatoria por Ley Nº 29237 para todos los vehículos que se encuentran inscritos en el Reglamento de Propiedad Vehicular que circulan por las vías Públicas terrestres a nivel nacional.

Si cuenta con toda la documentación en regla él tiempo es de 20 minutos.

Si, el no contar con tarjeta o tener esta vencida no es impedimento para solicitar la revisión técnica, el usuario firmará una declaración jurada donde aceptara y confirmará el tipo de servicio solicitado para su vehículo siempre y cuando este cumpla con los requisitos mínimos exigidos por el MTC.

Si el vehículo solo tiene faltas leves, estas no impiden entregar al usuario el Certificado. De tener faltas graves, el vehículo tiene 15 días para regresa al CITV a subsanarlas, de lo contrario cuando regrese tendrá que volver a pasar la totalidad de la revisión técnica. De tener faltas muy graves, el vehiculo tiene 30 dias. En caso de faltas graves o muy graves, el vehículo está impedido de circular por las vías terrestres nacionales.

No, puede venir cualquier otra persona, por ello se le solicita su DNI o brevete.

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